El juez, dentro del trámite del proceso penal, debe resolver, entre otras cosas, lo relativo a la situación jurídica de las personas y el destino de los objetos o instrumentos del delito, los que pueden ser todo tipo de bienes, como vehículos, alimentos, drogas, y en especial cuando se hace referencia al delito de tráfico ilícito1 serían armas de fuego, municiones o piezas y componentes.

De conformidad con la ley, el juzgador tiene la potestad y libertad de decidir el destino de cada bien vinculado al proceso penal, lo cual es una necesidad que deviene de la aplicación de justicia, para evitar que se acumulen innecesariamente en los almacenes judiciales todo tipo de objetos, entre estos, armas de fuego y municiones; y por el contrario, la falta de decisión sobre los instrumentos u objetos del delito provoca acumulaciones excesivas en los almacenes correspondientes, sobrecarga de trabajo y la necesidad de adoptar medidas de seguridad ecaces para la custodia de estos, motivo por el cual se elabora este documento didáctico con fundamentos de los distintos destinos que se pueden decretar sobre armas de fuego.

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