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Este documento ha sido elaborado por IEPADES, contándose con el apoyo financiero de UNSCAR. Las opiniones y propuestas aquí vertidas no necesariamente reflejan la posición oficial de UNSCAR.

DISPOSICIONES GENERALES
CAPÍTULO ÚNICO 3

Artículo 1. Objeto de la ley. La presente ley tiene por objeto desarrollar la normativa que permita implementar los instrumentos internacionales en materia de armas 4 y municiones, conformando un Sistema Nacional de Control con la obligatoriedad de emisión de autorizaciones para transferencias de armas convencionales, sus municiones, piezas y componentes por una Autoridad Nacional de Control así como la conformación de una Comisión Nacional Multidisciplinaria como órgano político en el tema de prevención y combate al tráfico ilícito de armas pequeñas y ligeras.